La Audiencia Nacional, a finales de 2009, ratificó las competencias de los fisioterapeutas ante otras demandas presentadas por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), naturistas catalanes y terapeutas ocupacionales. De nuevo ahora, ha ratificado nuevamente las pretensiones y derechos de los fisioterapeutas, al mantener sus competencias profesionales y reconocer el intrusismo en esta profesión sanitaria,
tras desestimar una demanda presentada por la Federación Española de Terapias Naturales y No Convencionales.
En la sentencia, la Audiencia Nacional establece que «para el desempeño de la profesión de fisioterapeuta, se requiere la posesión del correspondiente título». Por ello, desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los autodenominados y mal llamados terapeutas naturales y no convencionales.
Asimismo, reconoce como «procedimientos generales» de la fisioterapia las siguientes técnicas: «Masoterapia, Electroterapia, Magnetoterapia, Hidroterapia, Balneoterapia, Climatoterapia, Talasoterapia, Termoterapia, Crioterapia, Vibroterapia, Fototerapia, Presoterapia, terapias derivadas de otros agentes físicos, así como aspectos fundamentales de la Ergoterapia y otras terapias afines al ámbito de competencia de la fisioterapia. Fomentar la participación del usuario y familia en su proceso de recuperación».
La Federación Española de Terapias Naturales y No Convencionales pretendía suprimir la Orden CIN/2135/2008 en la cual se establecen las enseñanzas universitarias del título de grado de Fisioterapia; que se traducen también en las funciones y competencias profesionales que desarrollan los futuros fisioterapeutas.
Otra sentencia favorable
A finales de 2009 la Audiencia Nacional también desestimó la demanda de la Federación de Asociaciones de Profesionales de las Terapias Naturales de Cataluña, que, al igual que la OMC, pretendía recortar competencias a la fisioterapia.
Aquella sentencia establecía, de manera tajante, que osteopatía y quiropraxia son «métodos específicos de intervención de la fisioterapia». Además, afirma que «estos profesionales -de terapias naturales- ejercen una actividad para la que no se exige titulación y, por supuesto, la misma no está incluida en el sistema nacional de salud», pese a que existan en el Catálogo Nacional de Actividades «servicios de naturopatía, acupuntura y parasanitarios».
La sentencia determinaba que «no puede sostenerse con un mínimo de rigor que
la Orden impugnada invada competencia alguna de una profesión no regulada a
estos efectos», así como que la Fisioterapia «abarca métodos y técnicas más amplias y extensas». Por último, recordaba que estas personas que carecen «de
regulación y/o control administrativo».
El presidente del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España, Pedro Borrego, afirma que «la Audiencia Nacional otorga a los fisioterapeutas por cuarta vez la razón. Reconoce el intrusismo y nos defiende de estos individuos, mal llamados osteópatas o quiroprácticos, que ejercen intrusismo ante una profesión sanitaria oficial, lo cual supone un fraude flagrante que las autoridades sanitarias deben atajar de forma inmediata, al igual que hace la justicia, ya que suponen un fraude para los ciudadanos y que les ocasiona numerosos problemas de salud».