REUNIDOS
De una parte: D. Reynaldo Vargas Corral, actuando en nombre y representación de
INSTITUTO ODONTOLÓGICO INTEGRAL AVANZADO S.L , con CIF B-18916510 , domiciliada a
estos efectos en (Granada) Avda, JUAN PABLO II nº 5 CP 18014
Y de otra: D. Martín Ortega Sánchez, con DNI 23222070 M, actuando en nombre y
representación de la FEDERACIÓN GRANADINA DE PERSONAS DE
PERSONAS CON
DISCAPACIDAD FÍSICA Y ORGANICA CANF COCEMFE, en adelante «FEGRADI» ,
domiciliada en Paseo Laguna de Cameros, 6 (Esquina Torre de la Bruja) 18008 – Granada ,
en calidad de Presidente y representante legal .
Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica y poder suficiente para
celebrar el presente Convenio de Colaboración:
MANIFIESTAN
I. Que FEGRADI está interesado en establecer el presente Convenio de
Colaboración con la empresa «INSTITUTO ODONTOLOGICO INTEGRAL
AVANZADO S.L » con el fin que sus asociados y empleados se beneficien de
servicios Dentales en condiciones preferenciales.
II. Que la empresa «INSTITUTO ODONTOLOGICO INTEGRAL AVANZADO S.L » está
dispuesta a conceder condiciones preferentes para los miembros asociados y
empleados de FEGRADI.
En virtud de lo anterior, las partes aceptan firmar el presente Convenio que se regirá por
las siguientes CLAUSULAS:
PRIMERA.- EL «INSTITUTO ODONTOLOGICO INTEGRAL AVANZADO S.L » APLICARÁ A LOS
ASOCIADOS Y EMPLEADOS DE FEGRADI, UN DESCUENTO DEL 15% EN TODOS SUS
SERVICIOS SOBRE LA TARIFA DE HONORARIOS VIGENTE, ASI COMO TODO LOS BENEFICIOS
DESCRITOS EN EL ANEXO I CONDICIONES PARTICULARES
Las condiciones preferentes serán extensibles a los familiares de los beneficiarios hasta
primer grado de consanguineidad.
SEGUNDA.- FEGRADI se compromete a facilitar la difusión del presente Acuerdo entre sus
miembros y empleados.
El presente acuerdo será difundido a las 39 asociaciones, así como a todas aquellas
asociaciones que se incorporen posteriormente.
Se comunicará y publicitará el presente acuerdo de Colaboración en la web de FEGRADI.
El Instituto Odontológico Integral Avanzado enviará material publicitario del presente
acuerdo a cada uno de las 39 asociaciones, consistente en dípticos y carteles.
TERCERA- Para acogerse a las ventajas de este Acuerdo, será imprescindible la
acreditación de ser empleado de FEGRADI o de pertenecer a alguna de las asociaciones
que actualmente están integradas en FEGRADI.
CUARTA- Con la finalidad de realizar por parte de FEGRADI un correcto seguimiento de
este Acuerdo, se le facilitará periódicamente a la dirección de la Federación número de
empleados y asociados que han hecho uso del Acuerdo.
QUINTA.- Se autoriza al INSTITUTO ODONTOLÓGICO INTEGRAL AVANZADO S.L , a publicar
en su web la noticia del presente convenio.
SEXTA.- El presente Acuerdo tendrá una duración de UN AÑO, empezando a surtir efectos
desde el día de la firma, prorrogándose tácitamente por idéntico periodo, salvo denuncia
expresa de alguna de las partes, que habrá de ser notificada con dos meses de
antelación.
SEPTIMA -El responsable del centro colaborador, se compromete a poseer en vigor toda la
documentación necesaria para el desarrollo de su actividad profesional, así como el
seguro correspondiente.
FEGRADI se exime de toda responsabilidad civil y/o penal que pudiera surgir por el
desarrollo de las actividades, siendo el último responsable el centro colaborador.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto en la cláusulas que anteceden,
ambas partes firman el presente Convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y
fecha en el principio indicados.
ANEXO I
CONDICIONES PARTICULARES
1.- COVACLINIC Centro Dental Avanzado perteneciente al Instituto Odontológico Integral
Avanzado aplicará un descuento del 15% sobre la tarifa de honorarios vigente y
adhesión gratuita al PROGRAMA PRIVILEGE a los asociados y empleados de FEGRADI y
familiares.
La tarifa de honorarios será actualizada anualmente el 1 de enero de cada año y vigente
por años naturales. Se adjunta al presente acuerdo tarifa de honorarios para 2010.
2.- Exploración y diagnostico gratuito, incluyendo estudio radiológico compuesto de:
– Ortopantomografia
– Telerradiografía
– Radiografía apical
No obstante las radiografías y tratamiento de higiene deberán ser prescritas por el
profesional médico y su uso será únicamente para tratamientos realizados en
COVACLINIC, en caso de que el paciente precise de una copia en CD de radiografías,
tendrá un coste para el paciente de 25€.
3.- Revisión e higiene anual gratuita para pacientes con tratamientos COVACLINIC.
Para aquellos pacientes que realicen tratamientos de cirugía e implantes recibirán un
seguimiento especial sin coste y de carácter anual y siempre que sea prescrito por el
profesional médico, no se incluye mantenimiento de implantes o sustitución de elementos
por desgaste.
4.-Los menores de entre 6 y 15 años serán tratados bajo el convenio de la Consejería de
Salud de la Junta de Andalucía según Plan Andaluz de Salud Dental Infantil. Para ello será
necesario que los padres o tutores aporten la documentación necesaria para justificar
que son beneficiarios de dicha prestación.
COVACLINIC ha creado el Proyecto Dental «Cero caries infantil «para los menores de
entre 2 y 5 años, incluye sesión exploratoria, sesión de técnicas de cepillado y kit de
cepillado infantil.
5.- Exploración para la detección precoz de cáncer oral, bajo prescripción médica.
6.- El acuerdo de colaboración entre ambas empresas se pondrá en vigor en el momento
de la firma del presente convenio, renovándose de forma tácita por años naturales, salvo
manifestación en contra de alguna de las partes, por escrito.
7.- Por su parte FEGRADI se compromete a difundir entre sus miembros el presente
Acuerdo, así como futuras comunicaciones de nuevas promociones o servicios del
Instituto Odontológico Integral Avanzado s.l.
FEGRADI autoriza al Instituto Odontológico Integral Avanzado S.L. a que difunda el
presente acuerdo así como el uso de su nombre en la web de COVACLINIC.COM.
8.- Las comunicaciones serán realizadas por FEGRADI utilizando sus medios y personal, en
ningún momento se le facilitará al Instituto odontológico Integral Avanzado S.L ningún
directorio de datos personales de sus asociados o empleados.
9.- Para la correspondiente y correcta adhesión al programa Pivilege el interesado deberá
identificarse como asociado o trabajador mediante cualquier documento oficial que lo
justifique.
10.- Serán también beneficiarios del programa aquellos familiares directos hasta el primer
grado de consanguineidad de miembros afiliados a FEGRADI